-Así es actualmente la "antigua" nave industrial, y sus innumerables edificaciones auxiliares. Y este cambio, comvertida en vivienda unifamiliar, se realizó sin licencia municipal y autorización de costas. ¡No está mal!- -Ahí está,la justificación de que sigue siendo industrial... la "fábrica dos soños"... do brasileiro, en Arcade, no en Río-
Esta vivienda unifamiliar de unas superficies de 329,15 m2 en planta baja y 257,14 m2 en el bajo cubierta -en el proyecto presentado consta una superficie construida de 622,00 m2-, porque es en realidad una vivienda -denominada por su dueño como la "fábrica dos soños"-, posiblemente por estar ubicada en terrenos de la ordenanza 5 "de suelo urbano industrial", y pretender su propietario "engañar", solicitando una licencia "Expte 1.120/04", para "obras de acondicionamiento de nave industrial para oficinas..." -con proyecto de arquitecto y todo, que posteriormente renunció mediante oficio del Colegio de Arquitectos del 24.02.05 (RS 231)-, construída además a pie de playa -Arcade (Peirao)-, teniendo salida directa a dicha playa y además al parque de la carballeira pública existente, invadiendo zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, y careciendo de la preceptiva autorización de Costas para haber realizado esas obras... además de no contar tampoco con la necesaria y obligatoria licencia municipal, ya que el promotor desistió de dicha solicitud... por ser imposible tal otorgamiento.
Palmariamente, observamos que a partir del 26.12.06 -fecha de comunicación a la promotora del desestimiento por el Ayuntamiento- se ha rematado la obra por la cara... sin la existencia de licencia -el Alcalde era pues consciente de ello-, sin dirección de técnico competente y posiblemente con protección del Cristo del Corcovado brasileiro, que preside tal propiedad... Fué denunciada allá por el año 2.004, exactamente el 12 de julio. Desde entonces, el Ayuntamiento de Soutomaior -según informe del aparejador municipal-, había iniciado el correspondiente expediente de legalización (?), encontrándose el 26 de octubre de 2.004. fecha del informe, en fase de tramitación... ¿Y a día de hoy?. Lo dicho. Todo realizado ilegalmente, infringiendo la legislación y ordenamiento urbanístico vigente.
Con relación a la actual Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (CMATI), de quien depende hoy la protección del litoral... aún no han tenido tiempo de resolver el anterior expediente, incoado por la anteriormente denominada Consellería de Política Territorial, Obras Pública y Transportes (CPTOPT), tanto el sancionador, pudiendo suponer un 25% del valor de esas obras ejecutadas -la valoración de esas obras, hasta la fecha de la incoación del expediente(07.03.06), estando aún sin rematar toda la obra, resultaron ser de 434.232 euros, según la mentada CPTOPT-, como el de restauración de la legalidad -los artículos 92 de la Ley de Costas y el 176.1 de su reglamento, obliga a proceder a la restitución de las cosas y a su reposición el estado anterior, cualquiera que sea el tiempo transcurrido-, que por cierto han dejado caducar varias veces -¿casualidad o falta de ganas de resolver?-, para volver a iniciarlo... como si se tratara del juego del "corre, corre que te pillo"... ¡¡Que lentitud, cuando interesa!!. Es decir, han transcurrido ahora cinco largos años, mientras el promotor de esa grave infracción urbanística, ha estado disfrutando y sigue disfrutando -a veces invita a algunos "poderosos", por aquello de estar a bien con todos... por si acaso-, de ese privilegiado lugar, y riéndose de todos ellos. Habrá que insistir en las denuncias, para que se adopten, por los responsables -que los hay-, las medidas necesarias para restablecer de una vez la legalidad urbanística vulnerada... ¡¡¡Vaya Cristo!!!.



