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-Cuando se denunciaron las actividades
constructivas. No hay cartel de obra- |
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-Así se encuentra a día de hoy- |
Pues parece ser que aquí vale todo. Esta edificación antigua, cuyo uso era de vivienda unifamiliar, supuestamente -lo de supuesto viene por esa escalera exterior con diferentes entradas a distintas plantas-, y cuyas fotografías adjuntamos, se encuentra situada en el lugar de Cova en Priegue, término municipal de Nigrán (Pontevedra), encontrándose ubicada en terrenos clasificados como
"núcleos rurales tradicionales" (Ordenanza 13) de las vigente Normas Subsidiarias de Planeamiento de Nigrán -aprobadas definitivamente el 16.05.92 y modif. singular del 27.05.99-, y en la que se está llevando a cabo una profunda "
reforma, rehabilitación y ampliación", cuando esa antigua edificación se encontraba, y se encuentra aún en situación
de "fuera de ordenación", por estar en total incompatibilidad con el vigente planeamiento urbanístico de Nigrán, además de no respetar las distancias de retiro al vial público que da frente, tanto el muro de cierre de la propiedad, como la misma vivienda unifamiliar (¿?), lo cual la sitúa también en situación de
"fuera de alineación"; en consecuencia, es obvio que no cuente con la previa y preceptiva licencia municipal para realizar lo que se está realizando.
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-¿Cuántas alturas contabilizan ustedes?- |
.. ¡Sería el colmo, vamos!.
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-El cierre está 2,41 m del eje de ese vial- |
La mentada Ordenanza 13, sobre el uso señala vivienda unifamilar, y ahí es un uso multifamiliar; las alturas permitidas, señala DOS ALTURAS (B+1+a.b.c.) -planta baja, planta piso y aprovechamiento bajo cubierta-, y 6,00 m de altura desde la rasant natural o frente a vial, a la cara inferior del último forjado. En esa edificación, se contabilizan TRES ALTURAS (b+2+a.b.c) -planta baja, planta primera, planta segunda y aprovechamiento bajo cubierta-, y 9,00 m de altura. Además se incumple la parcela mínima de 1.000 2, ésta tiene 918,00 m2; la ocupación sobrepasa el 20% permitido, y en cuanto a los retiros o retranqueos, el cierre debería estar a 6,00 m y está a 2,41 m; y la edificación a 10,00 m, estando a 9,00 m, ambas mediciones desde el eje del vial público...
Pues con todo ello, al parecer estaban trabajando sin preocupación alguna. ¿Dónde están los responsables de vigilar esos desmadres urbanísticos?. ¿Cómo se puede permitir, porque se está permitiendo en una edificación en situación de fuera de ordenación, reconstruirla y consolidarla, sobrepasando las alturas permitidas?... pero claro, cuando al Inspector de urbanismo se le permitió, lo que se le permitió, es normal que todos crean que esto es jauja. ¡Un poco de seriedad Sr. Alcalde, que está empezando!
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