LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

viernes, 21 de septiembre de 2012

Sr. ALCALDE. ¿Que PASA con la Urbanización de Cotros?... (Nigrán).

Porque es denigrante observar el estado en que han dejado uno de los parajes más hermosos, en cuanto al paisajismo se refiere, que tenía Nigrán (Pontevedra)... El Valle Miñor.
El poder observar, como así se hacía, ese Valle con su Foz do Miñor, su barrera de arena, que da forma a la denominada playa Ladeira -por cierto, dejada de la mano de Dios, y cuya contaminación en aumento, se detecta a leguas-, y al fondo Bayona, su parador y la ensenada... Una delicia que se han cargado los "especuladores" de turno, con CINCO ESQUELETOS DE HORMIGÓN -hoy paralizada toda actividad-, sin que por parte del Ayuntamiento se haya incoado el peceptivo expediente de reposición de la legalidad urbanística vulnerada, puesto que, a pesar de tener señalada la Ordenanza 6 "Edificación unifamiliar intensiva", estamos ante unos terrenos protegidos -LADERA DE COTROS-, reflejada en las vigentes Normas subsidiarias de Planeamiento de Nigrán, catalogados, en el apartado 5.2 de "Parajes costeros de interés paisajístico" del ANEXO II de "BIENES NATURALES Y PAISAJÍSTICOS", y que, según el artículo 3.8.3 sobre "ambientación natural y paisaje" de las mismas "Normas de protección de infrestructuras, sistemas naturales y patrimonio cultural", de esas mentadas NN/SS, se refleja que...
-Parte de las vistas que se contemplaban desde rúa de Cotros-
"Constituye uno de los objetivos principales de estas Normas, compatibilizar la explotación de los recursos naturales, con la protección del equilibrio ecológico, el medio rural, el medio ambiente y el PAISAJE.
Esta protección tiene distintos aspectos que comprenden desde la conservación de la naturaleza virgen, en determinadas zonas hasta la PROTECCIÓN PURAMENTE ESTÉTICA DEL PAISAJE, compatibilizándola con la explotación racional y limitada de los recursos.
Las Normas regulan la especial protección de terminadas zonas forestales y áreas agrestes a Ordenanza 15, de la costa mediante la Ordenanza 16, de determinados sitios costeros sobresalientes de singular interés paisajístico mediante la Ordenanza 17, y de las riberas del Rio Miñor mediante la Ordenanza 18, todas ellas en suelo no urbanizable, ASÍ COMO SU INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO DE BIENES NATURALES Y PAISAJÍSTICOS DE ACUERDO CON EL ART. 13.1 LSG/85".
-Parte de la vista sobre la Foz do Miñor, Ladeira y Bayona-
Es obvio pues, que esos terrenos, según las vigentes NN/SS, además de encontrarse ubicados dentro de esa Ordenanza 6 "Edificación unifamiliar intensiva", se encuentran enclavados en la denominada "LADERA DE COTROS", paraje catalogado como de "interés paisajístico", tal como ya hemos señalado, y por ello merecen, su inclusión en la categoría de "especial protección paisajística", por ser unos terrenos determinados por el vigente planeamiento urbanístico y los instrumentos de ordenación del territorio -según el arquitecto municipal fue un error-, con la finalidad de preservar las vistas panorámicas del territorio, del curso del río y del valle Miñor -mejor vista panorámica de todo Nigrán-, por lo cual le sería y es de aplicación el artículo 104 de la LOUG, que prescribe:
-Como "fantasmas" en el horizonte, vistos desde rúa Manuel Lemos-
"b). En los lugares de paisaje abierto y natural, sea natural o marítima, o en las perspectivas que ofrezcan los conjuntos urbanos de características histórico-artísticas, tipicos o tradicinales y en las inmediaciones de las carreteras o caminos de trayecto pintoresco, no se PERMITIRÁ que la cituación, masa o altura de las construcciones, muroso cerramientos, o la instalación de otros elementos, limiten el campo visual para contemplar las bellezas naturales, rompan la armonía del paisaje, desfiguren la perspectiva propia de ella o limiten o impidan la contemplación del conjunto". 
El Ayuntamiento, nada dice, nada hace... por lo que se ha cursado la correspondiente denuncia ante la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de quien pende la ordenación del territorio, para que adopte aquellas medidas tendentes a hacer cumplir con las Normas Subsidia rias de planeamiento. Esperaremos a ver que nos cuentan. Será interesante. 

No hay comentarios: