|
-Panorámica del Balneario Talaso Atlántico y Cabo Silleiro al fondo- |
En fecha seis de Febrero de dos mil catorce, por el Juzgado Contencioso/Administrativo nº 3 de Pontevedra, se dio traslado de la PROVIDENCIA de la Magitrada-Juez, en quien recae el trámite del Procedimiento: Pieza Separada Ejecución 217/70, dimanante del Procedimiento Ordinario 116/06, dirigida al Alcalde del Ayuntamiento de Oia, y cuya sentencia devino en firme , obligando a la DEMOLICIÓN DE BALNEARIO DEL ATLÁNTICO -Talaso Atlántico-, sito en el lugar de Cabo Silleiro, en las Mariñas de Mougás, del término municipal de Oia (Pontevedra), por haber sido anuladas las licencias otorgadas al ser contrarias a Derecho, y en la que literalmente se dice:
|
-No sólo no se demolió, sino que se construyó más- |
"
Dada cuenta; visto el traslado conferido a las partes sin que por las mismas se haya manifestado nada al respecto del traslado conferido en relación al oficio enviado por el Concello en fecha 9.12.13, y, dado el estado de la presente ejecución, requiérase personalmente a la Alcaldía a fin de que en el término legal de DIEZ DÍAS proceda a indicar en qué estado se encuentra la ejecución de referencia, en cuanto a la demolición se refiere, bajo apercibimiento de que si así no lo verifica y de conformidad con el art. 112 de la LJCA, as´si como de lo dispuesto la parte dispositiva del auto de fecha 10.12.12, se le impondrá una multa coercitiva de 1500 euros y si aún así sigue sin verificar el requerimiento se reiterarán dichas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial".
¿Y que va a decir, el inefable Alcalde?. ¿Tal vez creía que podía obviar el mandato de la Jueza?. Está visto que esta casta política -¡vaya ejemplo que nos están dejando en todo el territorio español!-, se cree que pueden seguir haciendo lo que les apetezca... y sin que nadie les ponga en su sitio. Pues ya ven que no, que las leyes hay que cumplirlas... los ciudadanos y, por supuesto, las administraciones públicas. A pesar de los "bomberos urbanísticos".
No hay comentarios:
Publicar un comentario