-Estado actual de las actividades en la obra (fachada principal)- |
Y en este caso, situado en la rúa Avda. Benito Fariña s/n, en Sta. Cristina de la Ramallosa, del término municipal de Bayona (Pontevedra) -polígono 55, parcela 265 y refª catastral 54003A055002650000HL-, algo raro tiene que haber detrás del otorgamiento de esta licencia municipal -beneficiaria la promotora "FIPROGAL PROMOCIONES, S.L."-, puesto que, según refleja el cartel de obra, aún existente a pie de obra y cuya foto se refleja, se trata de una "vivienda unifamiliar aislada, piscina y cierre", amparadas en el "Expte: 60-4/07 - LIC. MPAL. 19.ABRIL.07" y cuando, para haber obtenido esa licencia edificatoria residencial, previamente, debería haber obtenido antes, además de las correspondientes autorizaciones sectoriales de Carreteras y Aguas, en las que inciden esos terrenos, la preceptiva autónomica de la Conselleria de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (CMATI), de lo dudamos seriamente tenga en su poder, puesto que nos encontramos ante unos usos y actividades del todo prohibidos, puesto que estas hablando de terrenos
--Estado observado en la diagonal de las fachadas- |
ubicados en "suelo rústico de protección ordinaria" -antes suelo no urbanizable común-, (Ordenanza 9) del vigente PGOU de Bayona -aprobado definitivamente el 30.05.94-, por tanto no adaptado; encontrándose además dentro de los
-Cartel de obra existente- |
100 m (50,00 m servidumbre en PGOU) de la afección de la Autopista del Val Miñor (AP-9) y los 100 m de influencia de la zona de policía del cauce del río Groba, y por ello, en virtud de lo regulado en los apartados c) y d) del artículo 32 de la LOUG, les sería de aplicación las categorías de "suelo rústico de protección ordinaria" (artículo 36); "suelo rústico de protección de infraestructuras" (artículo 37) y "suelo rústico de protección de las aguas" (artículo 38), todos ellos de la misma LOUG, y en los que, de manera patente,
los usos RESIDENCIALES, no se encuentran entre los PERMITIDOS en suelo rústico de cualquier categoría, por lo cual dichos actos constituyen una "infracción muy grave"; e incluso, de haberle sido concedida esa licencia municipal y obtenido las autorizaciones sectoriales y autonómica pertinentes... todas ellas conculcarían el artículo 34.3 de la LOUG, que señala: "serán nulas de pleno derecho las autorizaciones y licencias que se otorguen para usos prohibidos por esta Ley en suelo rústico"...
-Ubicación en el Planeamiento vigente (hoja 2.5 del PGOU)- |
Es que además se incumplen los usos, puesto que la vivienda, no contempla los 4.000 m2 de superficie mínima exigible -consta catastralmente 2.989,00 m2-, para poder edificar... y aún así, esa futura vivienda residencial con piscina, tendría que estar exclusivamente "vinculada a explotación agrícola o ganadera", que palmariamente no es el caso.
Por lo de pronto, la denuncia ante el Ayuntamiento y ante la Agencia de Protección de la Legalidad Urbançistica, dependiente de la Consellería de medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (CMATI), ya han sido interpuestas...
Por lo de pronto, la denuncia ante el Ayuntamiento y ante la Agencia de Protección de la Legalidad Urbançistica, dependiente de la Consellería de medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (CMATI), ya han sido interpuestas...
¿Cómo se ha concedido dicha licencia, pues?. ¿Se ha concedido esa licencia para esa ubicación o tal vez está otorgada en otro emplazamiento distinto?, porque no se entiende tal otorgamiento. Y ¿quien o quienes, están detrás de este nuevo otorgamiento ilegal?. Siendo obvio, que en estos momentos esa licencia municipal estaría incluso CADUCADA por inactividad y remate en el plazo supuestamente concedido.
Y lo que queda más que palmario, es la existencia de indicios más que suficientes de la comisión de presuntos delitos, entre otros que posteriormente se tendrán que determinar por quien corresponda, de contra la ordenación del territorio (artículo 319 y ss) y prevaricación (artículo 404) de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio de modificación de la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, de lo que algunos tendrán que dar explicaciones. Está más que visto, que seguimos igual; aquí, como no existen escarmientos, se sigue actuando de esta manera tan permisiva... Y después venimos con modificaciones de Leyes -para eso están los "bomberos urbanísticos" autonómicos-, e intentos de amparar a quienes de manera constante permiten -no a todos claro-, hacer lo que les venga en gana... y ¿a cambio de qué?. Porque no cabe la menor duda de que algún "beneficio" debe haber por medio.
De momento se trata de quitar responsabilidades a las Administraciones Públicas -¡¡pobrecillas con lo que están sufriendo!!-, porque en este caso, existe licencia municipal concedida y por tanto se intentarán acoger a la reciente Ley de la Vivienda (obra maestra del asesor urbanístico del Sr. Hernández, socio de un despacho agraciado con muchos de esos pleitos y por tanto resultando ser parte interesada y perjudicada al mismo tiempo, pero al fin un buen negocio, no cabe duda).
-Vuelo Google-earth del 19.09.2011 (iniciada y sin rematar)- |
-Vuelo Google-earth del 08.05.2003 (sin rastro de edificación)- |
Sigan, sigan, que como se suele decir ¡aquí no se tira nada!. Y los responsables de vigilar las infracciones urbanísticas -aquí no se salva ninguna Administración Pública-, ¿dónde están?. Hasta produce vergüenza agena observar los telediarios. Y queremos que Europa nos tenga en cuenta y nos respeten... cuando lo nuestro es la "pandereta". ¡¡Vamos anda!!.
3 comentarios:
Nada Eulogio, no te esfuerces, mira el Talaso con todas las denuncias que tiene encima y no pasa nada. Con un edificio ilegal y, aún así, siguen construyendo, contaminando el mar y sin devolver un duro de las millonarias subvenciones cobradas, y ya ves: tan ricamente. No pasa nada.
Javier Lemos (Oia)
Está claro que alguien en el Ay-huntamiento de bayona se esta poniendo las botas con estas cosas.
Responsabilidades? las justas para ir vestido de payaso el dia de la arribada.
Que no se puede porqué es suelo rústico? ningún problema, tu construye que luego ahí quedará( si nos llenas los bolsillos claro).
Que asco de país.
Delincuentes los promotores y delincuentes en el ay-huntamiento.
Espero que ambos reciban su merecido.
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