A pesar de Decreto 6/2009, emitido en fecha 14.01.09, por la Alcaldía de Oia, amparado en el informe de la técnica municipal en el que se aseveraba la inexistencia de la preceptiva licencia municipal, y que daba pie a la "incoación del expediente de protección de la legalidad urbanística en materia de obras en curso"... obras, realizadas en la terraza exterior del restaurante "O Peñasco-3", sito en el lugar de Ermida, parroquia de Mougás, del municipio de Oia, y en el que se conminaba al propietario D. José Luis Valverde Barros, la inmediata suspensión de las obras...
Pues por lo visto, y a pesar de ese "ultimatun" municipal, el propietario ni caso a ese requerimiento... Muy al contrario, puesto que ha proseguido con la actividad constructiva, como si la cosa no fuese con él; y así, en estos momentos, esa terraza cubierta realizada, previo aterramiento ilegal con muro de contención incluido, y construcción de solera para acceso y aparcamiento de vehículos del local, incluso la construcción de un nuevo porche abierto, en la fachada lateral del edificio antiguo, ahora se ha convertido en un local totalmente cerrado, colocando para ello, la correspondiente carpintería de aluminio sobre los petos de cierre de fábrica, configurando un nuevo salón de comedor, a añadir a los ya existentes. ¿Dónde están las preceptivas medidas cautelares que debería aplicar el Ayuntamiento, según pregonaba en el mentado Decreto 6/2009? ¿Porqué no se han precintado las obras, al constatar esa Alcaldía, la actividad ilegal? ¿Quien es el responsable municipal de tal dejación de funciones?. Posiblemente se ampare esa Alcaldía en que el Concello de Oia, no tiene policía local... Lo cual no justifica esa dejación, puesto que solo hace falta pasarse por el lugar, para observar como a día de hoy mismo, continúan las actividades constructivas... con toda la cara del mundo. No se cortan. Y así, de esa forma y maneras, el mentado infractor, ha llevado a cabo todas las construcciones de sus distintos negocios hoteleros y de restauración ubicados en la zona... y por supuesto, sin haber obtenido en ninguno de ellos, las preceptivas licencias municipales, que a otros se les exigen. ¿Porqué esa protección a ese restaurador, por parte de las autoridades municipales?. ¿Hay, acaso, contraprestaciones?... Porque de lo contrario, no se entiende esa inacción y dejación de funciones municipales. Esperemos que ese expediente haya sido remitido a la AXENCIA DE PROTECCIÓN DA LEGALIDADE URBANÍSTICA (APLU), puesto que ese Ayuntamiento de Oia, está adscrito a la misma... Y a propósito de este tema, si el cierre de ese "porche conflictivo", hoy destinado a salita comedor, se encuentra a 6,20 m del eje de la carretera PO-552, cuando está establecida la línea de edificación (artículo 35 de la Ley 4/1.994 de 14 de septiembre, de estradas de Galicia) donde no se permite ningún tipo de construcción, reconstrucción o ampliación, debería ser de 12,00 m, medidos horizontalmente desde la arista exterior... ¿que hacen los vigilantes y responsables de los cumplimientos de la Ley de carreteras de Galicia?. ¿Cómo se pretende justificar, los numerosos accidentes habidos en la zona, culpando a la curva existente?... y sin embargo nadie, de todas las autoridades presentes en esos accidentes, haya hecho "mención" alguna a los graves incumplimientos de ese porche cerrado y demás construcciones existentes en el lugar, incluyendo el edificio principal y los macro letreros colocados, con respecto a la carretera PO-552... Y cuyo porche, hoy totalmente cerrado, construido de la misma forma y manera que la mentada terraza cubierta ahora cerrada, el cual invade totalmente la servidumbre de esa carretera. Es inaudita esa permisividad de las autoridades, tanto municipales como autonómicas... Permitiendo además que, cada vez que un vehículo derriba parte de esas instalaciones, se vuelvan a levantar y reparar en la misma ubicación ilegal, y por supuesto sin solicitar la correspondiente licencia municipal y previa autorización sectorial... Trabajos que, seguramente, serán abonados por los correspondientes seguros de los vehículos implicados. ¡Increible, pero cierto!.
Pues por lo visto, y a pesar de ese "ultimatun" municipal, el propietario ni caso a ese requerimiento... Muy al contrario, puesto que ha proseguido con la actividad constructiva, como si la cosa no fuese con él; y así, en estos momentos, esa terraza cubierta realizada, previo aterramiento ilegal con muro de contención incluido, y construcción de solera para acceso y aparcamiento de vehículos del local, incluso la construcción de un nuevo porche abierto, en la fachada lateral del edificio antiguo, ahora se ha convertido en un local totalmente cerrado, colocando para ello, la correspondiente carpintería de aluminio sobre los petos de cierre de fábrica, configurando un nuevo salón de comedor, a añadir a los ya existentes. ¿Dónde están las preceptivas medidas cautelares que debería aplicar el Ayuntamiento, según pregonaba en el mentado Decreto 6/2009? ¿Porqué no se han precintado las obras, al constatar esa Alcaldía, la actividad ilegal? ¿Quien es el responsable municipal de tal dejación de funciones?. Posiblemente se ampare esa Alcaldía en que el Concello de Oia, no tiene policía local... Lo cual no justifica esa dejación, puesto que solo hace falta pasarse por el lugar, para observar como a día de hoy mismo, continúan las actividades constructivas... con toda la cara del mundo. No se cortan. Y así, de esa forma y maneras, el mentado infractor, ha llevado a cabo todas las construcciones de sus distintos negocios hoteleros y de restauración ubicados en la zona... y por supuesto, sin haber obtenido en ninguno de ellos, las preceptivas licencias municipales, que a otros se les exigen. ¿Porqué esa protección a ese restaurador, por parte de las autoridades municipales?. ¿Hay, acaso, contraprestaciones?... Porque de lo contrario, no se entiende esa inacción y dejación de funciones municipales. Esperemos que ese expediente haya sido remitido a la AXENCIA DE PROTECCIÓN DA LEGALIDADE URBANÍSTICA (APLU), puesto que ese Ayuntamiento de Oia, está adscrito a la misma... Y a propósito de este tema, si el cierre de ese "porche conflictivo", hoy destinado a salita comedor, se encuentra a 6,20 m del eje de la carretera PO-552, cuando está establecida la línea de edificación (artículo 35 de la Ley 4/1.994 de 14 de septiembre, de estradas de Galicia) donde no se permite ningún tipo de construcción, reconstrucción o ampliación, debería ser de 12,00 m, medidos horizontalmente desde la arista exterior... ¿que hacen los vigilantes y responsables de los cumplimientos de la Ley de carreteras de Galicia?. ¿Cómo se pretende justificar, los numerosos accidentes habidos en la zona, culpando a la curva existente?... y sin embargo nadie, de todas las autoridades presentes en esos accidentes, haya hecho "mención" alguna a los graves incumplimientos de ese porche cerrado y demás construcciones existentes en el lugar, incluyendo el edificio principal y los macro letreros colocados, con respecto a la carretera PO-552... Y cuyo porche, hoy totalmente cerrado, construido de la misma forma y manera que la mentada terraza cubierta ahora cerrada, el cual invade totalmente la servidumbre de esa carretera. Es inaudita esa permisividad de las autoridades, tanto municipales como autonómicas... Permitiendo además que, cada vez que un vehículo derriba parte de esas instalaciones, se vuelvan a levantar y reparar en la misma ubicación ilegal, y por supuesto sin solicitar la correspondiente licencia municipal y previa autorización sectorial... Trabajos que, seguramente, serán abonados por los correspondientes seguros de los vehículos implicados. ¡Increible, pero cierto!.
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