LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

martes, 10 de febrero de 2009

Y AHORA, las presuntas RESPONSABILIDADES PENALES... (A Guarda).






















































El otorgamiento de las 21 licencias edificatorias, para construir otras tantas viviendas unifamiliares, por parte de los Gobiernos municipales de A Guarda entre 1.999 y 2.001, situadas en "As Loucenzas" y en "Circunvalación", y todas ellas ubicadas en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable de interés paisajístico" (Ordenanza 14) del vigente PGOU de A Guarda, y cuyos otorgamientos formaron parte en su día del expediente OT 107 A 2001/49-4, incoado por la Dirección Xeral de Urbanismo, dependiente de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda (hoy Transportes), por subrogación solicitada por el denunciante, y que posteriormente fueron todas anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, al considerarlas nulas de pleno derecho, de las que 15 devienen en demolición al haberse iniciado las obras, algunas incluso se encuentran ya ocupadas... Y todo esto podría conllevar presuntamente a residenciar, entre otros, el delito "contra la ordenación del territorio", previsto y penado en el Capítulo Primero del Título XVI del Libro II del Código Penal (artículos 319 y 320); delimitando la autoría del hecho delictivo a los promotores, constructores y técnicos directores, entendidas no solo como personas físicas, sino que incluso aquellas personas jurídicas (administradores de hecho o derecho de una persona jurídica), que se dediquen a la realización de cualquiera de las funciones que se atribuyen a promotores y constructores.
Asimismo se recogen una serie de conductas, que afectando al bien jurídico de ordenación del territorio, inciden también en el adecuado funcionamiento de la administrción pública. En este caso se castiga también a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, informa favorablemene o resuelva o vote a favor de la concesión de esas licencias ilegales...Incluso el colegio profesional queda incluido dentro de este tipo penal, al conceder el visado relativo a esos proyectos presentados, para obtener las correspondientes licencias, como verificación de la legislación urbanística vigente, en comprobación de que no se incurre en alguna infracción (LSG/76 en sus artículos 228.3 y 226.2), pueso que cuando se otorga ese visado concurriendo cualquiera de estas infracciones, se está emitiendo un informe que se considera favorable. Ya ven a donde nos puede llevar este tema...
Y de resultas de la denuncia presentada el 13.04.07, ante la Fiscalía, ésta después de las investigaciones realizadas, incoa las Diligencias Informativas Penales 25/07, dando como fruto su remisión el 08.10.07 al Juzgado Decano de Vigo, a fin de ser turnadas al Juzgado de Instrucción que ha de conocer del procedimiento para la averiguación de los hechos. Ahí están las 15 ya iniciadas y su estado actual... y, por supuesto, ojo a los posibles intentos de "ventas" de esas propiedades... Su destino es la demolición.

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