¿Se acuerdan del desarrollo denominado SAU-5 "Peña Ajoeira", situado en el Término municipal de Oia (Pontevedra)?. Sí, aquel planeamiento de desarrollo, cuyo proyecto de Urbanización, se ha pretendido llevar a cabo, a pesar de estar ubicado dentro de los 200 m de la protección de costas, según la vigente LOUG. Ese Planeamiento, promovido su desarrollo por Ciudalanz, denominada "Residencial Santa María de Oia", y cuyo macro letrero publicitario, según se puede observar en la fotografía, había desaparecido en un abrir y cerrar de ojos, después de haber estado durante muchos meses publicitando la próxima construcción de chalets pareados e independientes, ha sido admitido, en principio, por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) Sección 2ª, asignándole el procedimiento ordinario 4626/08, contra la resolución adoptada por el Ayunyamieno de Oia, al haber sido desestimadas las únicas alegaciones presentadas, en el trámite de exposición pública, obviando el Ayuntamiento, con sus técnicos y juristas a la cabeza, la aplicación de la Ley de protección del Litoral, a pesar de encontrarse sin iniciar y dentro de los 500 m, y por tanto le era de aplicación, y que anulaba el desarrollo de ese Planeamiento. Y por supuesto que, de haberse llevado a cabo, sería un "pecado" para nuestro litoral... Y nuestros políticos, a lo suyo. Ni se inmutan ante tales desmadres, y en este caso, habría que preguntarse que interés prevalecía, para permitir ese adefesio costero. Uno más, vamos...
ÚLTIMAS NOTICIAS. Definitivamente el TSXG, ha dado traslado del procedimiento al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Pontevedra, quien deberá ser quien lleve el caso, por ser de su competencia. Ya han sido convocadas todas las partes a personarse. Y como suelen decir los toreros, ¡¡que Dios reparta suerte!!.
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