Ahí tienen otra mas de esos incumplimientos, digamos mas bien, de esas "permisividades alcaldables". Constituyendo una infracción grave. Esta se ha realizado en una vivienda unifamiliar aislada, construida en la Bajada a la Playa de Camposancos, también parroquia de Camposancos, del municipio de A Guarda, y ubicada en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable de núcleo rural" (Ordenanza 9) del vigente PGOU de A Guarda; amparada en la licencia 77/2007, otorgada a D. BIENVENIDO ESPAÑOL SOUTIÑO, volviendo a observarse que la misma contabiliza TRES PLANTAS (S.S.+B+1), en lugar de las DOS PLANTAS permitidas. Es un caso similiar al citado anteriormente, y la denuncia contra el Ayuntamiento, autoridades y funcionarios por dejación de funciones, data del 04.04.08 (RE 2.479), sin que la Alcaldía tampoco haya adoptado medida alguna de paraliación y restauración de la legalidad urbanística vulnerada. ¡Va siendo normal esa actitud!. En un claro ejemplo de dejación de funciones.
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