LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

lunes, 16 de marzo de 2009

Y LA ARMONA sigue dando QUE HABLAR... (A Guarda).




































Con 12 de marzo pasado, la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo contencioso-administratvo. Sección 2, dictó la providencia, en la que se da por representada ahora la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS "RESIDENCIA ARMONA"...
Y además, el ayuntamiento de A Guarda, nuevamente presenta un segundo recurso, uno más sin ton ni son, en el que se quiere hacer ver a la Sala, "la necesidad de concretar cuales son las obras que van a ser objeto de demolición, puesto que las declaraciones judiciales que pretenden establecer y delimitar su contenido, continúan siendo ambiguas y abstractas, así como también el informe emitido por el arquitecto municipal, siendo necesaria una mayr precisión teniendo en cuenta las dificultades de ejecución de la demolición y la necesidad de que exista un control debido a los riesgos puestos de manifiesto por el indicado arquitecto para el momento de llevar a cabo tal demolición. Incluso pretenden involucrar a la parte actora, para que facilite "documentalmente y mediante los medios de prueba a su alcance lo que hay que demoler".
Al respecto, cabría preguntarse... ¿En que consistía, pues, el proyecto de demolición que el Sr. Alcalde les trasladó a esos profesionales "invitados", para que presentaran la oferta?. ¿Era un paripé, tal vez?. ¡¡Se coge antes a un mentiroso que a un cojo!!. No saben por donde andan, y además, pretenden engañar y hacernos pasar por tontos.
Claro que el ejecutante, puede decirles lo que hay que demoler. Faltaría más. Pero grave es, que a estas alturas de la "película" no tengan ni idea de lo que hay que demoler. Deberían caerles la cara de vergüenza, por hacer esas manifestaciones. ¿Cómo es posible que no sepan como estaba antes ese bajo comercial?. ¿Que hicieron en el Ayuntamiento, cuando se denunciaron esas actividades ilegales que se estaban llevando a cabo?. Y ellos mismos, sin inmutarse, aseveran que no hay ningún dato en el Ayuntamiento de lo construido en toda la urbanización. ¡¡¡Y aún así, a esos conocidos "promotores", no se le ha incoado expediente sancionador alguno!!!. Está visto que cuando quieren inventan o se imaginan las cosas... pero sólo cuando quieren o les interesa... DESDE LUEGO EXISTEN FOTOGRAFÍAS Y DATOS SUFICIENTES PARA ACLARARLES COMO ERA ESE LOCAL COMERCIAL... ANTES DE LA ILEGALIDAD PRODUCIDA...
Y por otro lado, como se suele decir, ¡¡eramos pocos y parió la abuela!!... Porque ahora, es la misma Comunidad de Propietarios de ese "Complejo residencial La Armona", sí esos "pasotas", aquellos que, durante años y años, han estado permitiendo que unos señores ajenos a esa comunidad, estuviesen usando y abusando de unas instalaciones comunes que no le pertenecían, los que quieren personarse en el proceso (con abogado y procurador incluidos, pagados ahora por todos claro), alegando que es para proteger de los "posibles problemas" surgidos de esa demolición... Obviando, quizás a sabiendas de..., que la empresa responsable de esa demolición, tendrá su correspondiente seguro civil y penal. ¿A quién quieren engañar?. ¿Quién o quienes son los consejeros?. ¡Aquí el mas tonto, hace relojes!.
Todo esto, no deja de ser una dilacción en el tiempo. Obviando además que, según la innumerable jurisprudencia existente, "cuando para hacer ejecutar lo juzgado, el órgano judicial adopta una resolución que ha de ser cumplida por un ente público, éste ha de llevarla a cabo con la necesaria diligencia, sin obstaculizar el cumplimiento de lo acordado, por imponerlo así el artículo 118 de la Constitución, y que, cuando tal obstáculo se produzca, el Juez ha de adoptar las medidas necesarias para su ejecución, SIN QUE SE PRODUZCAN DILACIONES INDEBIDAS, pues el retraso injustificado en la adopción de las medidas indicadas afecta en el tiempo a la efectividad del derecho fundamental" (STC 149/1989, de 22 de septiembre, FJ 3). Y con todo ello, a algunos, esto les "resbala"... Y se supone que son los garantes de la legalidad... ¡Ahí tienen los documentos prometidos!.

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