Lo que está representada en la fotografía, situada en el lugar de Rouxo-Priegue (Nigrán), debería ser una vivienda unifamiliar, para lo que existía la correspondiente licencia... pero por "arte de magia", y por supuesto anuencia de las autoridades y técnicos del Ayuntamiento de Nigrán, se convirtió en una nave industrial destinada a taller y comercialización de carpintería de aluminio... en terrenos clasificados como "suelo rústico de protección ordinaria". Y a pesar de constituir una infracción muy grave, y constatarse la comisión de un delito contra la ordenación del territorio, la propiedad "PERIFER, S.L.", por medio de su abogado, se permite la licencia de reflejar en las alegaciones presentadas, del recurso de reposición, la siguiente frase:
"... y en este caso si se revisa su Licencia y es denunciada y presionada por un terceo que ni es vecino de Nigrán ni tiene ningún interés que no sea el especulativo, y que produce la instrucción del presente expediente. Todo ello es un agravio comparativo gravísimo que desde luego esta parte no está dispuesta a tolerar y que en ningún caso quedará impune y sin confrontación pública aunque solo sea a través de los medios de prensa que se hagan eco de tan injusta situación a la espera de la aprobación urgente del Plan general de Ordenación Urbana" (Sic).
Esta visto que para algunos todo vale. No se paran en barras. En este caso, además de querer justificar esa gravísima infracción cometida, con algo tan peregrino como decir que el denunciante es foráneo, obviando la "acción pública", dedicándose además a levantar falsos testimonios, intentando involucrarle en un "interés especulativo". ¿Es que el abogado autor del recurso tiene alguna prueba que justifique lo dicho?. ¡Que fácil es sembrar...!.
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