En este caso, se llevó a cabo la construcción de una piscina cubierta, a base de una edificación totalmente cerrada, dentro de una propiedad donde ya existía un edificación antigua. Se encuentra situada en el lugar de "Campo do Bugallo", del municipio de Oia, pkm 38,12 de la carretera PO-552 (Oia-A Guarda), lado izquierdo. Esta ubicada en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 6) de las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de Oia, pero denominados a raíz de la promulgación de la LOUG, como "suelo rústico de protección de costas", al encontrarse dentro de los 200 m de la ribera del mar. No consta la existencia de licencia. Se constata su inicio el 06.12.03 y por tanto para obtener licencia tendría que haber obtenido previamente, la preceptiva autorización autonómica, que no existe.
Sin embargo, a pesar de la denuncia presentada, la Alcaldía de Oia, hizo oídos sordos, permitiendo proseguir la actividad constructiva, hasta la total terminación de ese edificación. Y como las anteriores, a resultas de la denuncia presentada, la Fiscalía ha incoado las Diligencias Informativas Penales 85/08, que dieron como fruto su traslado al Juzgado correspondiente.
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