Esta otra vivienda unifamiliar, se encuentra situada en el lugar del "Campo do Bugallo", del municipio de Oia, a la altura del pkm 38,12 de la carretera PO-552 (Oia-A Guarda), lado izquierdo, ubicada en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 6) de las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de Oia, pero denominados a raíz de la promulgación de la LOUG, como "suelo rústico de protección ordinaria". Se constata la actividad constructiva en esa vivienda el 06.12.03, no existiendo letrero a pie de obra. Pero de existir, esta tendría que haber obtenido la previa y preceptiva autoriación autonómica, y en este se encontraría CADUCADA por ministerio de Ley, según prescribe la Disposición transitoria cuarta, apartado 1, de la LOUG, del "régimen de autorizaciones y licencias otorgadas en suelo rústico".
Sin embargo, a pesar de la denuncia presentada, la Alcaldía de Oia, hizo oídos sordos, permitiendo proseguir la actividada constructiva, hasta la total terminación de la vivienda. Y como las anteriores, a resultas de la denuncia presentada, la Fiscalía ha incoado las Diligencias Informativas Penales 86/06, que dieron como fruto su traslado al Juzgado correspondiente.
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