Esta nueva construcción, ubicada en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 6) de las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de Oia, hoy denominado "suelo rústico de protección ordinaria", se encuentra situada en el lugar de "Vilar", a la altura del pkm 33,00 de la carretera PO-552 (Oia-Bayona), detectándose su inicio en Julio de 2.004, y según el letrero existente a pie de obra, se amparaba en la licencia 112/02, lo cual nos viene a confirmar nuevamente que la misma estaba CADUCADA por ministerio de Ley, según asevera la Disposición transitoria cuarta, apartado 1, de la LOUG, sobre el régimen de autorizaciones y licencias ya otorgadas en suelo rústico. Y una vez más, la Alcaldía de Oia, hace oídos sordos y permite que la edificación prosiga su construcción. Y que a resultas de la denuncia presentada, le fue incoadas por la Fiscalía, las Diligencias Informativas Penales 91/08, que dieron como fruto su traslado al Juzgado correspondiente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario