Esta otra ivienda unifamiliar aislada, está situada en "Campo do Viso", a la altura del pkm 35,75 de la carretera PO-552 (Oia-A Guarda) del Término municipal de Oia, ubicada también en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 6) de las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento de Oia, pero denominados, a raíz de la promulgación de la LOUG, como "suelo rústico de protección de costas", al encontrarse dentro de los 200 m de la ribera del mar. Se constata el inicio de esa vivienda en Enero de 2004, por tanto estaría CADUCADA por ministerio de Ley, según la Disposición transitoria cuarta de la LOUG, del "régimen de autorizaciones y licencias otorgadas en el suelo rústico". No existiendo a pie de obra el preceptivo letrero. Sin embargo, la Alcaldía de Oia hizo oídos sordos, permitiendo proseguir con la actividad constructiva, hasta la total terminación de esa vivienda. Y como las anteriores, a resulta de la denuncia presentada, la Fiscalía le ha incoado las Diligencias Informativas Penales 95/08, que dieroncomo fruto su traslado al Juzgado correspondiente. ¡Vaya panorama!.
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