LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

jueves, 21 de marzo de 2013

¿Y los RESPONSABLES MUNICIPALES no se habían enterado?... (Bayona)

-En lugar de un existente molino... hay esto-
Porque hay que preguntarse, ¿qué cometido tienen los vigilantes urbanísticos del Concello de Bayona?. Porque es del todo imposible, que en este caso, no se hubiesen dado cuenta de lo que estaba aconteciendo. Y sólo cuando existe una denuncia, se dan cuenta de las infracciones muy graves que se están cometiendo en el municipio, porque ésta que ahora se le incoa expediente y se da traslado a la Axencia de protección da Legalidade Urbanística (APLU) -el denunciante ya se había adelantado presentándola también el 15.11.2012 (Entrada 164602/RX84566) desde el Registro xeral de la Xunta de Galicia, registro del Edificio Administrativo de Vigo-, y ello, por si acaso... se olvidaban de enviarla ellos.
Las obras denunciadas se encuentran situadas en rúa Marroco de Gándara-Sta. Cristina de la Ramallosa CR 23, del término municipal de Bayona -polígono 55, parcelas 263 y 264, con referecnias catastrales nº: 54003A055002630001JW, sobre unos terrenos de una superficie de 2.629,00 m2 y ubicados, tal como ya se reflejó en su día en este mismo blog, en "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 9) del vigente PGOU de Bayona (Pontevedra), en donde al parecer -por lo dicho ahora-, existía un antiguo molino... el cual dió lugar a la vivienda unifamiliar que se puede apreciar en las fotografías adjuntas.
-¿Y es posible que éste antiguo "molino" pase desapercibido?-
Y hoy, 21.03.2013, se recibe de la Concellería de Urbanismo del Ayuntamiento de Bayona, la RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA, en la que, entre otros datos, basándose en el informe de la policía Local, señala:
-Cierre de piedra de mampostería-
"En relación con la denuncia remitida por el denunciante, con número de entrada 8487 de 22.11.12, hace constar:
- Que el Sr. Giuseppe Mecca realizó obras de rehabilitación y ampliación de una vivienda, reforma de un molino y construcción de una edificación de planta baja para garaje.
Realizó además el cierre de finca con piedra de mampostería en un tramo y piedra con malla de almabre en otro".
Resultando que con fecha 14.03.13 el servicio técnico emite informe indicando: 
-Eso había, según el vuelo Google-Earth de 08.05.2003-
- Que según el Plan General de Ordenación (PGOU) vigente de Baiona, las edificaciones están situadas en suelo clasificado como "Suelo no urbanizable sin especial protección", con aplicación de la Ordenanza 9, según LOUG "suelo rústico de protección ordinaria". 
- Continuar con la tramitación del expediente en virtud de lo dispuesto en el art. 214 de la LOUG y concordantes.
-Y esto hay, según el vuelo Google-Earth d2 19.09.2011-
Correspondiendo la adopción de medidas cautelares, en especial las de suspensión de los actos de edificación y uso del suelo que se realicen en suelo rústico sin la preceptiva autorización autonómica o incumpliendo las condiciones de la misma, por lo que la Alcaldía de Bayona, al amparo del artículo 214.2 de la LOUG, RESUELVE: Primero.- Ordenar a GIUSEPPE MECCA STOLFI la suspensión de las obras que está realizando en Marroco-Sabarís-Baiona. Segundo.- Remitir esta resolución con el expediente a la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística.
Tercero.- Notificar a las partes interesadas...
Llama la atención, que se hable de "unas obras de rehabilitación y ampliación en una vivienda...", además de otras construcciones, cuando lo único existente en ese lugar en el año 2003, era una supuesta edificación en ruinas abandonada, tal como se puede observar en las fotografías de los vuelos publicadas. E incluso, no mencionar que dichos terrenos se encuentran a escasos metros del río Groba (de ahí la existencia del molino); y por tanto, esos terrenos invaden los 100 m de la zona de policía del cauce, por lo que si, tienen una especial protección... denominándolos como "suelo rústico de protección de aguas" (art. 38 de la LOUG).
Es impresionante la dejación de funciones y la inacción, que los Ayuntamientos hacen de sus obligaciones, permitiendo que se llegue a realizar esas impresionantes viviendas, sin que los responsables municipales se den cuenta. O, posiblemente, sea porque es persona bien tratada, que forma parte de los que nada se les prohibe. Porque de otra forma, no cabe en la cabeza que esto puede estar ocurriendo constantemente... y en todos los Ayuntamientos del entorno.  

2 comentarios:

Jose dijo...

Son los árboles que les impiden ver lo que sucedía ahí.

Los pobres funcionarios son gente mayor y su vista ya es cansada por lo que es lógico pensar que sólo ven "lo que le meten por los ojos".

Anónimo dijo...

Se trata de una humilde casita digna de un pobre. No veo porque hay que meterse con la pobre gente que hace estas casitas. Los politicos y funcionarios son conscientes de que eso de la "Ley igual para todos" nos lleva al caos...., por eso aplican las leyes y reglamentos para los "ricos" y los pobres que hagan lo que les de la gana....., como es el caso... ¡¡jo.. jo...!!