LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

jueves, 12 de noviembre de 2009

Y ahora pretenden INSTALAR una macro DISCOTECA, en el centro urbano...(A Guarda).


-En el bajo de ese edificio de viviendas, es donde se quiere instalar la DISCOTECA-



-Observen el estado que presenta la calle Manuel Álvarez, un día cualquiera sobre las 21,00 horas... y aún no existe la DISCOTECA-



-¿Se imaginan a 481 personas buscando aparcamiento en los alrededores de ese local?. ¡¡Uff!!.

¡¡Éramos pocos, y...!!. Porque es curioso que, quienes en su momento eran reacios a los ruidos "musicales", en todos aquellos locales destinados a música existentes en A Guarda -alguno de los actuales concejales, era implacable con los bares, cafeterías o pubs existentes, persiguiendo los "decibelios"-, sean quienes pretender otorgar ahora -y por tanto "bendecir"-, la instalación de una macro DISCOTECA (410,25 m2 de superficie construida), en contra del todo el vecindario, para una capacidad de 481 personas, en la calle Manuel Álvarez 8, en el centro mismo de A Guarda. Calle de por sí , con unos índices muy altos de ruídos -la empresa encargada de tales mediciones, ya refleja en el mapa de ruidos (hasta ahjora oculto) unos valores de 69,9 dBA (valor diurno 08:00 a 22:00) y 63,1 dBA (valor nocturno 22:00 a 08:00), cuando los valores permitidos son 65,0 dBA y 55,0 dBA, respectivamente... y ésto sin contar los producidos por esas futuras 481 almas -en plan de diversión además (risas, gritos, murmullos y demás manifestaciones de la euforia, ademas de posibles altercados)-, a los que habría que añadir, los producidos por sus respectivos medios de locomoción -mayoritariamente vehículos de motor- , lo cual dará unos niveles galopantes... Y a pesar de todo ello, ven fáctible su ubicación en esa calle. ¡¡Que más le dá a los políticos deA Guarda, si ellos viven lejos de ese futuro punto conflictivo!!.
En esta instalación se incumplen innumerables artículos del R.D. 2.816/1982, de 27 de agosto, del "reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas", lo cual es sumamente grave.
No se han parado a pensar -esas "cabezas" pensantes, yo diría cuadradas, del Concello-, el gran problema de aparcamiento -el reportaje fotográfico adjunto es bien elocuente, y aún no está la DISCOTECA-, que se va a generar en esa calle, con esa macro instalación. Y que, posiblemente, todo esto, lo único que va a provocar, será que haya un constante enfrentamiento y altercados entre los residentes -que quieren dormir y descansar en paz (con razón)-, y aquellos que vienen a "pasarlo" bien (normal, para eso pagan). No es justo, porque se conjugan intereses muy encontrados. Por de pronto, las pancartas y letreros que se exhiben en la zona, ya dan una idea de lo que se avecina...
Pero para "encandilar" a los moradores de los alrededores -la calle se encuentra totalmente habitada,- la Alcaldía y sus "adláteres", como "haciéndoles un favor a esos vecinos, le han permitido, a regañadientes (pretendían pasar de ellos), presentar alegaciones... a la licencia de obra... Cuando, les habían ocultado, que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 10.07.08, ya le ha otorgado la LICENCIA DE ACTIVIDAD. El artículo 196.2 de la LOUG, sobre supuestos que se exijan licencia de actividad clasificada o de apertura y, además, licencia urbanística, serán objeto de una sola resolución, y que la resolución de la licencia de actividad, tendrá prioridad sobre la urbanística. De caraduras, vamos.
Se ha clasificado el uso de esa actividad -macro Discoteca-, por el técnico municipal, como un uso COMERCIAL, cuando el vigente PGOU de A Guarda, define este uso como "locales abiertos al público, destinados a venta al detalle o a prestación de de servicios personales, así como los servicios de hostelería, tales como restaurantes, cafeterías y bares". Que, obviamente, nada tiene que ver, con una macro DISCOTECA.
Obviando incluso, posiblemente intencionadamente por el técnico informante -que pretende favor un interés particular (promotor), en detrimento de un interés general (vecinos)-, que para ese uso concreto, existe en el mismo precepto el uso RECREATIVO, definido como aquel "cuyas actividades están relacionadas con el ocio, el tiempo libre o descanso, así como los relacionados con teatro, la música, la danza y el cine, que necesitan espacios específicos para desenvolverse".
Palmariamente, esa licencia de actividad y apertura otorgada, contraria a los usos solicitados, conlleva a una nulidad de pleno derecho (art. 101,2 de la LOUG), al constatarse la existencia de una "reserva de dispensación", prohibida por Ley. Por lo cual, lo primero que habrá que hacer -por los vecinos-, es solicitar ante el "garante de la legalidad" (Alcalde), la revocación de esa licencia de actividad otorgada...

No hay comentarios: