LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

viernes, 7 de diciembre de 2012

Y a los "BOMBEROS URBANÍSTICOS", les "cortan" la manguera... (Xunta)

Y como se esperaba, el Gobierno Central ha recurrido la reciente reforma de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de Vivienda de Galicia, aprobada en junio pasado por la Xunta de Galicia, de la "experta mano" del Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por haberse introducido en ella, de manera fraudulenta -su inconstitucionalidad es bien patente-, en tres puntos conflictivos: DEMOLICIÓN, RESERVA DE SUELO Y CONSERVAR Y REHABILITAR... y entre ellos, sobresale, el aspecto más "novedoso" como es el que, antes de DEMOLER UNA VIVIENDA CON SENTENCIA FIRME, "había que indemnizar a los propietarios de aquellas viviendas que tuviesen pendiente una sentencia firme de demolición o también un proceso de reposición de la legalidad urbanística", pero... SÓLO, cuando el culpable de tal resolución fuesen las Administraciones Públicas, que hubiesen otorgado las licencias de manera errónea -y por tanto responsables directos-, lo cual no deja de ser una reserva de dispensación, totalmente prohibidas por Ley (artículo 101.2 de la LOUG y art. 51 y 62.2 de la LRJPAC).
Los denominados "bomberos urbanísticos", asesorados por el Sr. Narbón -apoyo importante dentro de la organización de la CMATI y con raíces en un despacho urbanístico muy conocido e inmerso en muchos de esos expedientes pendientes de cumplir las sentencias de demolición-, estudiaron presentar, como queriendo proteger a esos damnificados -¡alguno hasta se lo ha creido!-, esa modificación, cuya única misión no era otra que demorar en el tiempo esas sentencias, puesto que, con ella se trataba de seguir viviendo en esas viviendas -¿y las que no estuviesen terminadas... se permitiría terminarlas?-, en espera de que la Administración Pública causante del problema, tuviese dinero para compensar a quienes les habían producido ese problema, y así poder demolerlas. ¡Inaudito!.
Palmariamente se estaba dando una oportunidad para no demoler nunca, puesto que es obvio que las Administraciones están "tiesas", no tienen un "chavo" y por tanto, habría que esperar a tener "fondos". ¡Per secula seculorum!.
Pero con respecto a, ¿de qué forma y manera se les iba exigir el cumplimiento de lo sentenciado por los Juzgados? y ¿a quienes se responsabilizaba de acometer esas compensaciones?. Porque no cabe duda de que hay unos responsables y todos ellos pertenecientes a las Administraciones Públicas. De eso, nada de nada. No interesaba.
Y lo que es más grave... Ya se han producido damnificados a quienes les han demolido sus casas -entre otras en A Guarda, paradigma de las ilegalidades urbanísticas-, y que a día de hoy, aún siguen "esperando sentados" a que los responsables municipales de esas indemnizaciones, acuerden abonar los perjuicios producidos.  En este caso, incluso se les ponen todas las trabas habídas y por haber.
Ello viene a demostrar una vez más, que se legisla para protección de la Administración y su casta política, en detrimento del Administrado, que es quien mantiene, con sus impuestos, toda esa parafernalia improductiva. Y sino, lo que tendrían que aplicar, para erradicar esas "ligerezas" de los políticos y técnicos municipales de ototgar licencias erróneas -siempre a sabiendas de estar otorgando una ilegalidad-, es una legislación de responsabilidades personales sobre el patrimonio de quienes han realizado esas falcatruadas, liberando el tener que responder a la Administración... porque al fin y al cabo, la Administración somos todos. Eso acabaría con ese "libertinaje" urbanístico que impera en todos los Ayuntamientos. De ahí el malestar generalizado, que existe en la ciudadanía...

2 comentarios:

Jose Antonio dijo...

Nos estaremos volviendo "lógicos" o sólo es un espejismo?

Anónimo dijo...

Entonces os parece más justo que a un paisano que con los ahorros de su vida, o una hipoteca, ha pagado un proyecto a un arquitecto, supervisión de obra a un aparejador, una licencia municipal, etc, lo echen de su casa para derribarla y después que se busque la vida para contratar un abogado para pleitear contra un ayuntamiento "insolvente" por la responsabilidad patrimonial, y que cobré sabe dios cuando.
En cambio si el ayto. te pone una multa de tráfico, si no la pagas te la cobran si os si, via hacienda con recargo.
Esto si que es constitucional, verdad....
Esto no tiene ninguna comparación con un caso como el del Talaso.
En tiempos de crisis y que estemos con estas discusiones... país de pandereta.