En cuanto al Ayuntamiento de Soutomaior, también con fecha 10.03.10, se adoptó mediante la "incoación de expediente sancionador -a Arado, SL-, por presunta comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 217.3, apartados a) y b) de la LOUG, por los hechos descritos en el cuerpo de esa Resolución y que fueron objeto de expediente de reposición de la legalidad urbanístico nº 15/04", nombrando a continuación al correspondiente instuctor del expediente.
Como resultado de todo ello, la Alcaldía de Soutomaior notificó a los interesados, que por parte de Arado SL, se interpuso recurso contencioso-administrativo -procedimiento ordinario 0000112/2010002 del Juzgado Contencioso-administrativo nº 2 de Vigo-, contra la Resolución de la Alcaldía nº 484/09 de fecha 30.12.09. Estaba cantado. Y ahora, a esperar...
1 comentario:
Agustin Reguera y sus "mariachis" estan recollendo o que sembraron e parece ser que ni cristo os vai zafar. Non é so o Corcovado, tamen teñen en Talo-Rio,en Comboa no rio, no Peirao e a pataca quente do Conde. Estos merecen especial atencion xa que despois de unha loita desigual, lograron poñer en evidencia a todo un concello. Un exemplo para todos.
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