LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

domingo, 21 de noviembre de 2010

Y ERRE que ERRE, conculcando constantemente la CONSTITUCIÓN... (A Guarda).

Es increible el comportamiento de los actuales mandatarios del Gobierno Local de A Guarda que, en una manera de querer "tapar" las innumerables ilegalidades urbanísticas observadas por doquier, presentan -sin tener motivo alguno-, la famosa "inhabilitación para la acción pública", para toda tramitación de defensa.
Les da lo mismo,  que sea en una tramitación de un contencioso, que ante una reclamación de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística; o bien, no contestando a las denuncias presentadas por el "inhabilitado", sin caer en la cuenta que están conculcando uno de los mas importantes derechos de los ciudadanos, lo cual podría conllevar presuntamente la posible comisión de los delitos de coacciones, o de prevaricación de funcionario público por violación del artículo 9.3 de la Constitución, así como conculcar la Disposición Adicional cuarta, apartados 1 y 2 de la vigente LOUG (que autoriza precisamente la acción pública), en concordancia con el artículo 4.f del R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, con amparo en la Sentencia del TSXG de 28/10/1997... ¡Y ellos tan panchos!.
Pues bien, esa, será la primera de las reclamaciones que se van a iniciar vía judicial -a la que les seguirá el resto de reclamaciones sobre aquella "querella criminal" presentada por el "Gran Regidor"-,  porque han tenido la desfachatez de obviar -no sabemos que pinta el asesor en este Ayuntamiento-, que las Diligencias Previas tramitadas bajo el número 137/2007, ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Tuy, concluyeron con Auto de fecha 13.03.2009, en Sobreseimiento Libre del que suscribe, decisión que fue ratificada por la Audiencia de Pontevedra, en Auto de fecha 02.07.2010. Es decir, a sabiendas de... dictan una resolución arbitraria en un asunto administrativo, y además vulnerando la misma Constitución. ¿Que les parece a ustedes el actuar de estos "personajillos"?. Y como ejemplo del proceder, de esos gobernantes sociolistos guardeses, ahí tienen como intentan encubrir las infracciones de su jefe -"el profe"-, en la rehabilitación y ampliación de su vivienda en Camposancos (A Guarda), incluso solicitando a la APLU -a la que además están adscritos-, que les devuelva la denuncia presentada por el denunciante... ¿Para qué la quieren?. ¿Quizás para hacer desaparecer todo vestigio de esa infracción urbanística grave?. ¿O cual es el motivo?... porque ellos (las autoridades municipales), ya tienen aquella presentada en fecha  muy anterior a la presentada ante la APLU, y, como era de esperar, nada habían o han hecho.
Nada más y nada menos que, con acuerdos como los reflejados en el acta de la sesión de Junta de Gobierno celebrada el 15.10.2010, quieren "demostrar"  su prepotencia, y cuyo acuerdo adoptado  (hoja 3 del acta de esa reunión), a una solicitud de la APLU, solicitando el expediente de las obras realizadas por el "profe", y que literalmente dice:
                   "Dase conta do informe do asesor xurídico do Concello relativo á remisión pola Axencia de Protección da Legalidade Urbanística da denuncia formulada por D. Eulogio P. Abeleira Cabaleiro contra o Alcalde D. José Manuel Domínguez Freitas, polas obras consistentes na demolición de muro de peche, existente na súa propiedade e posterior reconstrucción, modificación de pendente en cuberta de cabañón existente e outras máis na finca onde se ubica a súa vivenda no número 10 da rúa Couto, Camposancos.
                   A Xunta de Goberno Local acorda rexeitar o contido do  oficio da Axencia de Protección da Legalidade Urbanística de data 14 de Xullo de 2010 e, consecuentemente, que se lle devolva a denuncia presentada polo Sr. Abeleira á Axencia indicada, por ser as obras denunciadas da súa competencia segundo o disposto na estipulación segunda do Convenio de Adhesión á Axencia de Protección da Legalidade Urbanística firmado por este Concello.
                  Asimismo, recordarlle a Axencia de Protección da Legalidade Urbanística o contido das resolucións da Alcaldía de A Guarda de datas 2 de abril e 6 de xulllo de 2009, remitidas a esa Axencia mediante oficio de data 3 de Agosto de 2009, polas que se decide arquivar unha denuncia urbanística presentada por D. Eulogio P. Abeleira contra este Concello -denuncia del ilegal (entre otras ilegalidades, no tenía licencia municipal), parque multifuncional en Camposancos-, en base a que, tramitado o oportuno expediente, se declarou que o denunciante non ten lexitimación activa para o exercicio da acción pública urbanística, dado que no expediente quedou acreditado que o denunciante fai un uso abusivo da mesma, tal como despréndese das resolucións citadas". ¡¡¡¡Impresionante resolución, si señor!!!!... maquinada por un asesor, cuya profesión es la abogacía. 
Es curioso que, precisamente este acuerdo se adopta por la Junta de Gobierno Local, presidiendo la misma el Sr. Alcalde D. José Manuel Domínguez Freitas (como Juez y parte), y siendo flanqueado por sus adláteres D. Miguel A. Español Otero, D. Paulino Rodríguez González, D. Manuel Javier Crespo González y D. Antonio Lomba Baz; y asistiendo como Secretario en funciones D. Juan Alberto Santos Carnero... siendo todos ellos conscientes de la existencia y contenidos de esos Autos -no pueden alegar ignorancia, al haber sido entregados en su momento por registro, copia de los mentados Autos-, siendo emitidos además en fechas muy anteriores a este acuerdo ahora adoptado, por lo que deberán dar las explicaciones oportunas de lo acordado.
Vergonzantes actitudes de los munícipes guardeses. Parecen personajes venidos de otros tiempos pasados... ¡Y se dicen y llaman demócratas!... No se lo creen ni ellos mismos, vamos. 

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