LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

lunes, 4 de octubre de 2010

El mismo AYUNTAMIENTO sigue sin RESTABLECER la LEGALIDAD, que el mismo VULNERÓ... (A Guarda).

-Sin rematar la urbanización-
Y ahora que casi está rematada esa vivienda unifamiliar, situada en la carretera de Circunvalación 160, esquina a rúa Dos Outeiros s/n, en A Guarda; seguimos observando como la inación de las Alcaldías de A Guarda´-la anterior y la actual-, ha sido y es total, posiblemente por que se trata de un familiar del que ha sido y sigue siendo el mayor "hacedor infractor" de A Guarda.
El personaje que se ha pasado toda su vida infringiendo... sin que ninguno de los Gobiernos municipales -fuesen del color que fuesen-, que han estado gobernando, le hayan parado los pies... ni siquiera lo han intentado... porque suele ser un asíduo colaborador de las campañas políticas.  Al contrario, con cada uno de ellos, más permisividad y facilidades si cabe. El ejemplo ahí lo tienen. Consta que la mentada vivienda es de o para su hija... pero quien firmaba las solicitudes necesarias, presenta el proyecto y firma incluso la solicitud y posteriormente el acta de retranqueo... todo ello por orden.
-Se modificó la entrada al garaje-
En consecuencia, nos encontramos con detalles tan significativos como, que en el documento de cesión de los terrenos afectados por el vial Dos Outeiros, se indicaba que  "estes se cederán siempre que el Concello asuma los gastos de esta cesión", lo cual contradice totalmente el artículo 171 de la LOUG... pero es que al final nos enteramos que el muro de cierre, se ubicó sin respetar esos 4,00 m del eje del camino existente, por la sencilla razón de que en el acta de retranqueo firmada entre el famoso "hacedor infractor" y el técnico municipal responsable de esos menesteres, prescribía: "Fixa a liña do peche polo camiño dos Outeiros coincidente coa liña que se está a executar por parte do Concello, e a liña para a edificación e 3,00 m mínimo do citado peche"... lo cual, además de ser totalmente ilegal, es una falcatruada mas. Primero, porque el muro al final, quien  lo construyó fue el mismo Ayuntamiento de A Guarda -¿favor acaso?-, por tanto es él quien no respetó esa distancia al eje del camino; y segundo, tanto ese muro de piedra, como la vivienda construida,  no respeta los 4,00 m y los 7,00 m respectivamente, medidos verticalmente desde el eje del citado camino. ¿Cuál fué el motivo de esa "dádiva" municipal, Sr. Alcalde?. Pero, ¿acaso las cesiones de los terrenos para ampliación o regularización de caminos y viales,  no son gratuitas y libres de cargas?... Debe ser para algunos, claro.
-¿Dónde están los 4,00 m al eje?-
Incluso se le permite la construcción de una buhardilla -coronando esa edificación y así poder monopolizar las vistas al océano-, cuando eso está totalmente prohibido en los suelos de núcleo rural, como es ese.
-¿Y como se permite esa garita?-
Y para mas recochineo, esa edificación, por su situación -lugar de paisaje abierto y natural-, y la altura que se realizó, viene a formar una "masa o altura, limitando el campo visual para contemplar las bellezas naturales, rompiendo la armonía del paisaje, desfigurando la prespectiva propia de ella, y limitan o impiden la contemplación del conjunto", y por tanto conculca precisamente el artículo 104 de "adaptación al ambiente", de la LOUG... Y sin embargo, a pesar de la denuncia presentada el 22.11.04 (RE 7231), nada se hizo por reconducir las ilegalidades observadas.  Denuncia reactivada ahora el 02.10.10 (RE 6942). Hay datos, mas que suficientes -los cuales no vamos a mencionar ni a revelar de momento-, para pensar que presuntamente  hubo "favores" de dificil justificación... por ambos lados. Y desde luego iremos hasta el final, para descubrirlos... ¡¡Ya verán como es así!!.  

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