LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

martes, 5 de octubre de 2010

Y para que OBSERVEN, como se PERMITIA que algunos INCUMPLIESEN... (Redondela).

Se trata pues, de una vivienda ya existente -se aporta una fotografía de como era esa edificación-, situada en rúa de la Telleira 19, barrio de S. Pedro en Cesantes (Redondela), y ubicada en "suelo no urbanizable especialmente protegido de costas y playas" (artículo 63.b) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Redondela -aprobadas definitivamente el 09.02.88 y modificación puntual del 25.03.08-, hoy denominadas como "suelo rústico de protección de costas"; y que al parecer, solicita el 17.03.94 licencia municipal (RE 823), para obras menores:
-¡Vaya con las tejas rotas!-

"DEMOLICIÓN DE CUBIERTA Y CAMBIO DE TELLA: POR ATOPARSE EN MALAS CONDICIONES.
AMPLIACIÓN DE SALÓN: Ampliar el cerramiento de salón a una terraza en la P. Piso".
Aportando un presupuesto de 520.000,00 ptas (de las de entonces), lo cual  conlleva a un importe por Tasas e Impuestos de 10.400,00 ptas (también de las de antes).

-Observen las edificaciones auxiliares realizadas-
En el informe emitido por el Aparejador municipal, al respecto, advertía al solicitante: "Non existe inconveniente en autorizar obras menores de conservación sin afectar a actual estructura nin variar o volumen.
En caso de variar elementos estructurales do tellado precísase proxecto redactado por técnico autorizado.
Dado que se trata dunha casa situada en zona especialmente protexida de Costas, non procede a autoriación de ampliación do edificio". (23.03.94).
Posteriormente, el 7.04.94, el solicitante, presenta escrito donde justifica las obras, diciendo:
"Que solamente se trata de unas obras menores para reposición de las tejas de barro cocido por encontrarse en mal estado, todo ello sin afectar a la actual estructura del edificio.
-Incluso el cierre no cumple el retiro-

En relación con la ampliación de la terraza del salón, únicamente se trata de cubrir el balcón con una estructura ligera de aluminio sin cambiar el actual volumen del edificio".
Nuevamente, el mismo técnico informante, emite nuevo informe que dice: "Puede autorizarse dacordo coa instancia e escrito aclaratorio de data 8 de abril de 1994 co nº 1085 do Rexistro de Entrada obras de conservación que non afecten a actual estructura nin varíen o volumen".

En consecuencia, el 12.05.94 el Alcalde concede licencia de obras por Resolución, que dice: E 83/94.- A D. ...................................................., domiciliado en Cesantes -S. Pedro - A Telleira 14, para "arranxo de tellado con reposicion de tella de barro cocido e cubrir un balcón con unha estructura de aluminio, de acordo coas instancias presentadas, obras de conservación que non afecten á actual estructura nin varien o volumen. Taxa 7.800.- pesetas e imposto 10.400.- pesetas, ámbalas dúas xa ingresadas.

-¿Que parecido tiene con lo anterior?-

Cabe señalar, que una de las condiciones generales -apartado 9-, en el otorgamiento de la licencia, decía"Dentro dos dous meses seguintes á remate das obras, o propietario ou promotor das mesmas avisará, por escrito, do seu remate á Alcaldía do Concello, co obxecto de comprobar se se executaron de acordo co concedido polos servicios técnicos competentes"... Seguidamente -se encuentra en el expediente-, el Servicio Técnico de Inpección de Obras, realiza una valoración de liquidación de esas obras, supuestamente para "arreglar el tejado y ampliar salón", llevando a cabo una liquidación complementaria -se supone que habrían observado la obra que se estaba haciendo. ¿o no?-, en la que curiosamente  la valoración realizada, ahora, refleja: "80 m2 de bajo cubierta para trastero a 17.000 ptsm2..., pagando una diferencia en Tasa e Impuesto de 12.600 y 16.800 pts, respectivamente". Y ese documento municipal, está fechado el  29.10.98; es decir, dándole amparo a la aplicación de la LSG/97, y por tanto no existía, ni existe posibilidad alguna de prescripción... de esas infracciones urbanísticas, como se pretende.

-Y esto como quedó finalmente, vista desde
rúa Telleira-

-Esta era la vivienda anteriormente
vista desde rua Telleira-




Pues bien, al final  es obvio que se ha construido en esa vivienda unifamiliar, ya existente, una impresionante ampliación y reforma, no sólo de la cubierta -ahora considerada planta  bajo cubierta- totalmente nueva (con nueva teja de cubricción), dándole un nuevo uso, el residencial/habitacional -según afirmaban los técnicos  era un trastero-, previa demolición de la cubierta existente, sino que además se han modificado  todas las fachadas -modificando la estructura y el aspecto exterior de esa edificación-, así como la construcción de nuevos porches estructurales y cubiertos (que no existían), piscina además de diversas edificaciones auxiliares (galpones) para distintos usos (que no existían), y todo ello sin licencia municipal, ni autorización autonómica alguna, que amparase dichas actividades edificatorias... Y por lo visto el inspector de urbanismo -el que en otro caso, pegadito a esta propiedad, sí activó el expediente-, ni se ha enterado, a pesar de la magna obra que se estaba realizando, y que forzosamente tenía que haber visto, salvo que padezca de la vista. ¿O tal vez sí?. Porque es del todo imposible no haberlo visto, al encontrarse en primera linea de la rúa Telleira... paso obligado, donde las ilegalidades se están comprobando eran casi del cien por cien. Y eso desde luego, llama la atención. Observen ustedes sino -las fotografías adjuntas-, si la vivienda antes existente, a la que ahora hay, no existe una diferencia mas que sustancial... Y toda esa modificación y ampliación, como ya se dijo -es importante ser reiterativo en esto-, se ha llegado a  realizar sin contar con la preceptiva licencia municipal, ni con la previa y obligatoria autorización autonómica. ¡¡Así cualquiera construye, vamos!!... Pero para ello, hay que tener "padrinos". 

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