LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

viernes, 17 de agosto de 2012

Pretendía RESISTIR, ante lo IRREMEDIABLE, pero... (Oia)

Pero con fecha 10.08.2012, la Alcaldía de Oia, emite el Decreto 241/2012 de "Protección da legalidade urbanística en materia de obras rematadas. Ejecución forzosa", ante la nueva denuncia por INACCIÓN de la Alcaldía, interpuesta en fecha 05.07.2012 (RE 1367), al observar como el propietario del edificio sito en Viladesuso (donde se ubica la cafetería Boa Vista), "pasaba" de los Decretos municipales de orden de derribo de las obras rematadas sin adaptarse a la licencia concedida, y habiendo sido su propietario, condenado penalmente, como responsable de un delito contra la ordenación de territorio por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Pontevedra, por lo que creyó que con "demoler unos pilares de hormigón y retirar la carpintería metálica de los huecos existentes en el cierre de la galería trasera de la planta baja ya estaba todo cumplido" -por afectar a costas-, pero obviando lo más importante, que era demoler esa cubierta ilegal realizada sin licencia municipal y ser contraria a las Normas edificatorias del Ayuntamiento Oia (Pontevedra)... siendo además ILEGALIZABLES; y además, pretendiendo, con comentarios jocosos y faltos de toda ética -CON LO BIEN QUE ESTARÍAN CALLADITOS-, que "el ya no tenía que tirar nada más, porque tenía un buen abogado... que le había "ganado" el pleito al denunciante". Je. Alucinaciones de quién antepone el "el querer, con el poder". No se trata de ganar o dejar de ganar a nadie hombre, sino de hacer cumplir la ley, como otros la han tenido, y tienen que cumplir. Alguno es feliz así, no le vamos a cortar ese gusto. Pero mal que le pese tendrá que cumplir lo ordenado.
-Estado actual de la cubierta de esa edificación-
Por lo que ahora, con este nuevo Decreto 241/2012,el Sr. Alcalde de Oia, pone las cosas en su sitio, al acogiéndose al artículo 209.6 de la LOUG, y que literalmente dice:
RESUELVO:
Primero.- La ejecución forzosa de la orden de derribo dictada por Decreto 360/2010, contra D. A.P.M, por lo que respecta a las obras ilegalizables realizadas en el edificio sito en Viladesuso (donde se ubica la cafetería Boa Vista) mediante la imposición de la 1ª multa coercitiva, destinada a lograr el derribo decretado, por importe de 1.000 €, en aplicación de lo previsto en el artículo 209.6 de la LOUG.
Segundo.- Advertir al interesado que, en aplicación del mismo artículo 209.6 de la LOUG, la multa será reiterable mensualmente hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado.
Tercero.- Notificar el presente decreto al interesado de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, con el régimen de recursos establecidos, determinando los plazos para la recaudación en período voluntario y ejecutivo, de acuerdo con la Ley Xeral Tributaria 58/2003.
Cuarto.- Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre.
Quinto.- Comunicar el presente al denunciante, al Servicio de Urbanismo de la Consellería de Medio Ambiente y al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Tui".
En base a lo explicitado, tendrá que ejecutar si o si, a pesar de que le hayan impuesto la multa coercitiva más benévola posible. Menos ya no había. Porque para algunos -caso de aluminios Silleiro que lleva las intemeratas...- les compensa pagarlas, como si de un alquiler se tratase. Obviando la Alcaldía que, como multa coercitiva que es, no será de por vida, sino que habrá que dar un plazo para el cumplimiento de lo Decretado, sino proceder a la ejecución subsidiaria de la demolición con cargo al sujeto obligado, y para ello el Ayuntamiento de Oia, cuenta con la inestimable "ayuda" de la APLU (Axencia de Protección da Legalidade Urbanística), dependiente de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras - cuyo Conselleiro cuenta con un "buen" asesor urbanístico-, a la que está adherida por convenio suscrito el 30.01.2009. 

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