LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

martes, 22 de septiembre de 2009

Y puestos a DEMOLER, Sr. Alcalde, podía seguir con la UA-14... (Nigrán).





Porque a pesar de existir dos sentencias firmes, sobre las tres viviendas ubicadas en la parcela E de la Unidad de Actuación nº14, sita en el lugar de Canido (San Pedro de la Ramallosa) del municipio de Nigrán (Pontevedra), esa Alcaldía no ha tomado las medidas que sí se toman con otras personas... Porque según el Alcalde, el acometer esa demolición decretada por la Sentencia, siendo el Concello quien concedió las licencias, equivaldría a llevar a la bancarrota al Concello.
Obviando que según reiterada jurisprudencia, "aunque el derribo... sea una medida gravosa y suponga en sí misma costos elevados"; son, sin duda, los invocados con base en los argumentos expresados, derechos respetables y argumentaciones dignas de consideración, pero sin potencilidad jurídica suficiente para enervar la ejecución de una sentencia firme". La propia Exposición de motivos de la vigente LRJCA señala que la misma "ha realizado un importante esfuerzo para incrementar las garantías de ejecución de las sentencias, desde siempre una de las zonas grises de nuestro sistema contencioso-administrativo". Y en tal sentido, añade que "el punto de partida reside en la imperiosa obligación de cumplir las resoluciones judiciales y colaborar en la ejecución de lo resuelto, que la Constitución prescribe", lo cual, a su vez, entronca "directamente con el derecho a la tutela judicial efectiva, ya que, como viene señalando la jurisprudencia, ese derecho no se satisface mediante una justicia meramente teórica, sino que conlleva el derecho a la ejecución puntual de lo fallado en sus propios términos", por cuanto "la negativa, expresa o implícita, a cumplir una resolución judicial constituye un atentado a la Constitución frente al que no caben excusas".
Por de pronto, a esta parcela E -una de sus propietarias, en esos momentos, ejercía como Técnica Administración Xeral de ese Concello-, participando en el otorgamiento de esas licencias-, no se le aplica la Ley como a "todo quisque". ¡Es la ventaja de ser de la casa!. ¿Verdad Sr. Alcalde?.
Y si esa es la manera de pensar del Sr. Alcalde, habrá que anticiparle, el futuro problema que se le vendrá encima, por el resto de licencias municipales otorgadas en ese mismo Planeamiento UA-14 -parcelas A y A' (licencias concedidas aunque no construídas), parcela C (viviendas ya construidas), parcela D (viviendas ya construidas), constatándose que esas viviendas construidas, son tan ilegales como las primeras. ¡Vaya futuro!.
Se ha pretendido por la actual Corporación -sivilinamente-, con el inestimado apoyo del actual arquitecto municipal -presentando "a escondidas" ante la Xunta, una pretendida modificación puntual de ese Planeamiento-, dar un "cambiazo" al anterior "pelotazo" hecho en la aprobación definitiva de esa unidad de actuación... ¡¡Vaya dilema que se le avecina, Sr. Alcalde!!.

1 comentario:

Lupus dijo...

La UA14 va a ser legalizada en el próximo pleno municipal de Nigrán con una modificación de las normas subsidiarias. Con un plan general a la vista el alcalde va allanando el camino a algunas irregularidades muy particulares, no precisamente de gente en situación de pobreza o exclusión social, si no unas bien señaladas como ésta.