LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

lunes, 2 de enero de 2012

Y además de la Sentencia Judicial, ahora la resolución ADMINISTRATIVA... (Vigo)

-Estado actual de la vivienda, y su acceso abusivo-
Esta vivienda prefabricada de planta baja, construida en madera, instalada en el lugar de Redondos do Rial, en la parroquia de San Andrés de Comesaña, en el término municipal de Vigo (Pontevedra), fue construida sin contar con la preceptiva licencia municipal y previa autorización autonómica, estando ubicada en terrenos clasificados como "suelo rústico de protección especial agrario paisajístico (RPAP), y que según lo dispuesto en el artículo 12.2.2 letra d) del vigente PGOU de Vigo, en esa categoría de suelo está totalmente  prohibido el uso residencial, además de que el acceso era, y es, por medio de una
-Cuando se estaba construyendo-
 inexistente servidumbre de paso, por terrenos que no le correspondían -y así quedó también demostrado en el pleito seguido, interpuesto por el dueño de esos terrenos-; y por empecinamiento de sus promotoras, además de tener pendiente la demolición de lo construido ilegalmente (vivienda) por sentencia de lo penal -vía Fiscalía-, y la prohibición de acceso por esos terrenos, ahora le ha recaído también la definitiva Resolución del Expediente de reposición de la legalidad urbanística (Expte: IU2/26/2011), incoado  por la Axencia de Protección  da Legalidade Urbanística
(APLU) -algunos parece que las coleccionan-, dándole un plazo de tres meses para llevar a cabo esa demolición decretada, de lo contrario se le impondrán las consabidas multas coercitivas, reiterables periódicamente, hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado, en cuantías de 1.000 a 10.000 euros cada una, además, se le comunica -"tarde piaches"-, de ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal, a fin de exigir las responsabilidades del orden penal que pudiesen haber incurrido los promotores, puesto que fue precisamente la Fiscalía quien había llevada las Diligencias Previas en el tema penal.

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