-Estado anterior a la demolición galpón y reforma muro de cierre-
El primero. Se conculca el artículo 24.2 de la LOUG, al obviar los deberes del propietario, al "no ceder, gratuitamente, los terrenos para apertura y regulación del viario preciso", y como queriendo justificarse el autor del proyecto -curiosamente el mismo dúo arquitecto/arquitecta técnica bien vistos en el Ayuntamiento-, aseverando en el mismo "alineación coincidente con muro de cierre existente según concello"... para así no desplazar ese cierre, en detrimento el día de mañana, de los propietarios de los terrenos situados al otro lado del camino, y obviando con ello, una "justa distribución de cargas y beneficios" de la ordenación urbanística de la zona. ¿De donde se han sacado esa alineación?. ¿Pretenden hacernos ver que es una alineación estable o consolidada?. Torticeramente, puede ser.
Y segundo. Se vuelve a incidir en una nueva infracción, al construirse un nuevo galpón -por el arte de "birlibirloque"-, ubicándolo en el mismo lugar y posición, que el demolido anteriormente (las fotografías dan testimonio de ello)... y por descontado, también sin contar con la previa y preceptiva licencia municipal... ¡Es lo normal ultimamente en este Ayuntamiento!... en espera de que aparezca denuncia alguna, y entonces...
Y a todo esto, el concejal de urbanismo -o sea el Sr. Alcalde-, no se entera o hace que no se entera, porque dicha infracción se encuentra bien a la vista, vamos... y muy cerquita de su "famosa" vivienda -la que se reformó y amplió con una licencia de obra menor.
Y a todo esto, con un total incumplimiento hacia el denunciante, al que, para no perder la costumbre, no se le notifica cualquier acuerdo o resolución adoptada. ¡¡Vamos, por buen camino, no cabe duda!!. Y encima suelen decir, aplicando esa prepotencia común en ellos, que "a ese denunciante no se le dá nada". ¿Que les parece la "democracia" aplicable por ese Ayuntamiento?.
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