LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

domingo, 5 de septiembre de 2010

TRES nuevas VIVIENDAS ubicadas en SUELO DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA...(A Guarda).

Deben ser demolidas por el mismo Ayuntamiento este mes de septiembre, por Auto judicial dictado el 13.05.10, en cumplimiento de las sentencias  34/08, 37/08 y 38/08 del Juzgado Contencioso-administrativo nº 3 de Pontevedra,  y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 28.05.10, y en la que se acordó llevar a cabo la mentada demolición de esas tres viviendas unifamiliares aisladas antes de la fecha del 10.09.10, e ir informando -desde el 13.05.10-, al Juzgado dentro de los cinco primeros días de cada mes, del estado de la demolición y de su ejecución, situadas una en As Loucenzas y las otras dos en la zona de la Catanga... Suponemos que le habrá informado que nada se ha hecho, a día de hoy.
Y todo ello -a pesar del revuelo producido en las anteriores demoliciones (medios de comunicación de audio y escritos, tv, etc), sin que esas primeras ya demolidas -hace bastante tiempo-, se hayan visto compensadas con las correspondientes  indemnizaciones. ¡¡Y crudo que lo van a tener!!. Porque suponemos que no les habrá sobrado "algo", de lo que dicen haber "invertido" exagerada y salvajemente en la Alameda del Siglo XXI. Es una pena.


Porque lo que no se puede consentir -y suponemos que esas familias no estarán para tirar cohetes-, es esa irresponsabilidad de la que hacen gala  las autoridades con el ciudadano o contribuyente.
Primeramente se les otorga unas licencias totalmente ilegales -cobrándole al momento las tasas y la licencia-, luego se les anima -de resultar ilegales-, a "ir facendo", luego se les dice que "vaise pelexar" para salvar a situación... y finalmente se encuentran engañados, con cara de tontos, sin casa y sin la indemnización que legalmente les corresponde. Alucinante, Sres. políticos.
Y más, viendo como se derrocha el dinero de los contribuyentes, sin ton ni son... "invirtiendo" en "cafelitos" y otras "viandas", por los bares y restaurantes del municipio... en el tiempo de estar en sus puestos de trabajo (?), porque los problemas, al parecer, no van con ellos. 
Y al final, ya lo verán, querrán hacernos ver ,que ellos nada han tenido, ni tienen que ver con esos problemas urbanísticos, por los que están pasando los guardeses/as. Le echarán la culpa a cualquiera, menos a ellos mismos. Pondrán cara de "angustiados" o harán manifestaciones de que van a luchar por "legalizarlas" -de eso ya tiene experiencia el "profe"-, o dirán lo mucho que están "sufriendo" -dejando caer alguna "lágrimita", porque eso "vende"-; y por tanto, ante tanta falsedad, no les quedará más remedio, a los propietarios de esas casas demolidas, que exigirlo judicialmente,  cargando toda  la responsabilidad patrimonial a los políticos de turno. Vergonzante actitud.
Los únicos culpables de lo que está pasando con el urbanismo guardés, son sus autoridades y el personal a su servicio. ¡¡Aquí el mas tonto, hace relojes!!, pero llegado el momento, nadie quiere tener las responsabilidades que derivan del cargo que ocupan -eso es otro cantar-, y más, cuando les va al bolsillo... porque, ¡¡eso quema!!. 

PERO, POR LO QUE SE VE, NO ACABAN AHÍ, los problemas del Sr. Alcalde -"el profe"-, puesto que tenemos noticias de que el pasado 20 de julio, le fue requerida información por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-administrativo, sección 2, con relación al Procedimiento Ordinario 6020/1996, referente a la ejecución de la DEMOLICIÓN de los OCHO APARTAMENTOS de LA ARMONA, en Camposancos (A Guarda)..., y que literalmente dice:
"Dada cuenta, únase el escrito presentado por la procuradora................., a los autos de su razón, y vistas las manifestaciones que en el mismo se contienen, ofíciese al Ayuntamiento de A Guarda para que dé cuenta inmediata a esta Sala de las actuaciones necesarias para ejecutar la Sentecia dictada en estos autos, realizadas tras su oficio de fecha 29-10-08".
Veremos que alega, o que justificación plantea al respecto, porque de lo que no hay duda, es que ha estado "pasando" de toda orden judicial, obviando, que precisamente el artículo 103.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la "Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo", asevera que "Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar la colaboración requerida por los jueces y Tribunales de lo Contencioso-administrativo para la debida y completa ejecución de lo resuelto", precepto conculcado por esa Alcaldía constantemente. ¡¡Vaya autoridad!!. Porque, a pesar del tiempo transcurrido, todo sigue igual que antes de la solicitud de ejecución de esa Sentencia. ¿Qué espera, Sr. garante de la legalidad, para ejercer esa supuesta autoridad?. ¿Le gustaría que se le obviara, como está usted obviando a los Jueces?. Aunque ya hay un precedente grave, como es obligar a demoler -por sentencia firme- una parte de una nave industrial (Mecalia), por existir más edificabilildad de la permitida, y después de cumplida dicha demolición, se le permitió -sin la previa y preceptiva licencia municipal además-, volver a recuperar la edificabilidad eliminada por sentencia, cubriendo de nueva la misma zona. ¿Cuál fué el motivo de ello Sr. Alcalde?, porque es de suponer que debe tener un "motivo"... ¡Ufff, como huele la cosa!.
El "profe", obvia -la ignorancia no exime de su cumplimiento-, que "las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen", tal como prescribe el mismo artículo antes citado, en su apartado 2.

Las tomaduras de pelo, no son aconsejables nunca -a veces conllevan incluso represalias de la otra parte-, pero mucho menos, cuando uno se está enfrentando a la Justicia y a la legalidad... y ocupando un cargo donde se es precisamente, el garante de la legalidad (?). Y en este caso, se suelen tener todas las "papeletas", para recibir un merecido "tirón de orejas" de la Sala correspondiente, simple y llanamente  por intentar reirse de ella y además del ejecutante (poseedor de una sentencia firme). Y sino, ya lo comprobará en sus propias carnes.

¡¡Lo que cambia un político, de estar en la oposición, a estar en el poder!!... Y sino -y espero que pronto se haga-, tendrán que justificar muchas actuaciones (cuando eran oposición), que se están descubriendo ahora. Jo, ¡vaya personajes!.
-Las fotografías adjuntas del exterior de la urbanización residencial "La Armona", son el estado que se encontraban esos apartamentos, en el momento de solicitar la ejecución de la sentencia... pasen por allí y observen si algo a cambiado. Salvo la sensación de un incipiente abandono jardinero... todo sigue igual.

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