LAS ISLAS CIES...

LAS ISLAS CIES...
Las "ISLAS CIES", apodadas por Ptolomeo como las "islas de los Dioses"; por Plinio como las "Siccas" e identificadas por muchos como las míticas "Casitérides" de Herodoto, donde fenicios y cartaginenses se proveían de estaño, se encuentran situadas en la entrada de la ría de Vigo. Desde julio de 2002 forman parte, junto con los archipiélagos de Ons, Sálvora y Cortegada, del "Parque Nacional de las Islas Atlánticas", que se extiende a lo largo de las rías Bajas. El archipiélago está constituido por tres islas: La de Monte Agudo (o del Norte), la del Faro y la de San Martiño (o del Sur). Las dos primeras están unidas por una barra de arena -la denominada playa de Rodas, considerada como la más bella del mundo-, y un puente de piedra a modo de cierre de la laguna interior". Una verdadera maravilla de la naturaleza.

domingo, 30 de mayo de 2010

Nunca ES TARDE, cuando... (Oia).

El Alcalde de Oia, ha tenido la "deferencia" -no salgo de mi asombro, después del total silencio al que se me ha estado aplicando-, enviar copia del Decreto nº 167, acuerdo adoptado el 21 de mayo de 2010 -¡¡¡recibido en mi domicilio en Vigo el 29.05.10!!!-, relativo a la "Protección da legalidade urbanística en materia de obras rematadas", tratándose en este caso, del edificio donde se encuentra ubicado en su bajo la cafetería "Boa Vista", en Viladesuso (Oia), datando la denunciada el 23.03.04, descubriéndose ahora que le habían incoado en fecha 19.01.06 el expediente nº 4/06 de reposición de la legalidad urbanística -lo cual nunca fue notificado al denunciante-, teniendo que proseguir con su tramitación, ante la entonces CPTOPeV (hoy CMETeI) de la Xunta de Galicia en fecha 15.12.04 -repitiendo sendas denuncias en distintas fecha-; para, seguidamente, ponerlo el 22.06.06 en manos del Ministerio Fiscal, ante el total silencio e inacción mostradas por esas mentadas Administraciones... principalmente de la Alcaldía de Oia, y que, como resultado de este último acto ante la Fiscalía, se incoaron las Diligencias Penales 49/06 que, ante los indicios observados, dieron como fruto su traslado al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Tui, onde actualmente se siguen las diligencias previas del Procedimiento abreviado 135/2007.
Y ahora la Alcaldía, mediante esa notificación, y ¡transcurridos cuatro años sin noticias de la misma! -algo debe estar pasando, digo yo-, me envía resolución adoptada, que literalmente dice:

RESOLUCIÓN:
Primeiro.- En aplicación do artigo 209.4 da LOUGA e non constando no expediente 4/06 Resolución do procedemento de reposición de legalidade urbanística no prazo de un ano a contar desde o acordo de iniciación, se declara a caducidde do expediente de disciplina urbanística 4/06 iniciado el 19 de xaneiro de 2006.
Segundo.- Incoar expediente de protección da legalidade urbanística, de conformidade co establecido no art. 210 da Lei 9/2002, de 30 de decembro, de Ordenación Urbanística e Protgección do Medio Rural de Galicia.
Terceiro.- Comunicar ó interesado a carácter de non legalizables das obras que motivan o presente expediente e que non estén contempladas no proxecto técnico que foi obxecto de licencia urbanística no ano 1989, de conformidade co informe dos Servicios Técnicos Municipais.
Cuarto.- En cumplimento do trámite de audiencia ó interesado, preceptuado no artigo 84 da Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de Réxime Xurídico das Administracións Públicas e do Procedemento Administrativo Común, e emitidos os informes precisos para dictar a resolución do presente procedemento, póñase de manifiesto o expediente para que no prazo de QUINCE DÍAS alegue e presente os documentos e xustificacións que stime perttinentes en defensa dos seus deritos. Igualmente, poderá propoñer proba, concretando os medios dos que se pretenda valer.
Quinto.- Dar conta de forma inmediata á Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, Servizo de Urbanismo.
Sexto.- Dar conta de forma inmediata ó Xulgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Tui onde se siguen dilixencias previas Procedemento abreviado 135/2007 - P.A. nº 22/07....
Oia, 26 de maio de 2010. A Secretaria.
¿Que ha pasado, S. Alcalde, para notificar -como obliga la Ley-, los pasos seguidos en este expediente?, cuando hasta ahora se "ha pasado" olímpicamente de una de las partes interesadas (ni una sola comunicación, acceso al expediente, copias de documentos, etc, etc)... ¡¡Ver, para creer!!, o mejor dicho, quizás la experiencia del ¡Gato escaldado...!

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