-Ahí está la comprobación de la actividad constructiva, y a la vista de todos, menos del "vigilante" urbanístico municipal, que no la había visto... posiblemente, es un problema de"vista"-
-Se obvió incluso cumplir, por lo menos, con el obligatorio retiro del cierre con respecto al eje del camino existente... ¿Para qué?, debieron decir sus promotores. ¡¡De infringir, se infringe en todo, vamos!!-
Y como se puede observar, incluso en esta propiedad, donde existía una pequeña edificación... se estuvo realizando actualmente, una actividad edificatoria destinada a reformar y ampliar esa mini vivienda existente de dos plantas (B+1), sin contar con la preceptiva licencia municipal y previa autorización autonómica, estando situada -además de fuera de alineación con respecto al camino existente-, también en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable de protección de costas y playas " (art. 63.b) de las Normas Subsidiarias de Redondela -aprobadas definitvamente el 09.02.88 y modificación puntual del 25.03.08-, y hoy denominados por la LOUG como "suelo rústico de protección de costas", y cuyos usos RESIDENCIALES se encuentran entre los PROHIBIDOS, constituyendo esas actividades una infracción muy grave. Y esta ampliación se a estado realizando estos días, a pesar del revuelo existente en la zona, por la demolición de una vivienda de un próximo vecino, por parte de la APLU, quién de primera mano a podido comprobar, lo que existe en toda esa zona. ¿No observaron los responsables del urbanismo redondelano, esa actividad?. Observen que incluso aún se ven los andamios... pero ¿ acaso, el vigilante de urbanismo, como pasa en vehículo demasiado rápido, no le dió tiempo a darse cuenta?. ¡Mecachisssssss!...
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