-parte del muro a demoler y rasante del camino a reponer-
(no se contempla en el RLU, expediente incoado el 21.07.05)-
Con fecha 23.02.09, la Alcaldía de Bayona -en vista de la denuncia presentada 25.06.08-, se dió "cuenta" de que desde el 21.07.05, se encuentra sin ejecutar la Resolución dictada por ella misma -notificada y recibida por la obligada el 02.08.05- por la cual, se "requería a Dña. CARMEN CORTÉS CRESPO el cumplimiento de la orden de ejecución dictada por la Junta de Gobierno de fecha 21 de julio de 2.005, en el plazo de UN MES, imponiéndole además una multa coercitiva de 1.000 euros, reiterable mensualmente hasta que procediese a su ejecución", por los actos constructivos -demolición muro y reposición rasante-, en rúa Garandela, 9 de O Burgo en el municipio de Bayona; y ubicados parte de ellos, en terrenos clasificados como "suelo no urbanizable común" (Ordenanza 9), del vigente PGOU, hoy denominados por la LOUG, como "suelo rústico de protección ordinaria". Es decir, que desde el año 2.005, se le ha estado permitiendo esa ilegalidad urbanística permanentemente, y solamente se reactiva esa resolución, al presentarse nuevas denuncias o recordatorios. ¡¡Que frágiles de memoria son!... cuando quieren, vamos.
Y en cuanto a la aplicación, de esa supuesta multa coercitiva mensualmente impuesta..., posiblemente de dudosa ejecución -por lo visto hasta ahora-, tendríamos que, a día de hoy, si aplicamos esa inejecución desde la mentada resolución (21.07.05), estaríamos hablando de 48 MESES de "atraso", que a razón de 1.000 euros cada uno, habría que haber abonado nada mas y nada menos que 48.000 euros... No está mal, eh. Pero me pregunto: ¿cuánto ha ingresado realmente la infractora, de esa cantidad mencionada?. Posiblemente, nada de nada... de algo debe valer, ser pariente de "alguien" de ese Gobierno Municipal... digo yo.
Y en cuanto a la aplicación, de esa supuesta multa coercitiva mensualmente impuesta..., posiblemente de dudosa ejecución -por lo visto hasta ahora-, tendríamos que, a día de hoy, si aplicamos esa inejecución desde la mentada resolución (21.07.05), estaríamos hablando de 48 MESES de "atraso", que a razón de 1.000 euros cada uno, habría que haber abonado nada mas y nada menos que 48.000 euros... No está mal, eh. Pero me pregunto: ¿cuánto ha ingresado realmente la infractora, de esa cantidad mencionada?. Posiblemente, nada de nada... de algo debe valer, ser pariente de "alguien" de ese Gobierno Municipal... digo yo.
Y sino, ¿porque no se actúa subsidiariamente tal como prescribe la LOUG?. Pero es que, además se obvia en ese RLU incoado, la invasión de parte del suelo clasificado como "rústico de protección ordinaria", tal como se denunció el 25.06.08 (RE 4391). Esperemos, acontecimientos...
5 comentarios:
la resolucion de la alcaldia esta cunplida desde hace mucho tiempo. otra cosa es que despues de haber fotografiado la reforma(fotos que hizo el arquitecto municipal y obran en el ordenador del ayuntamiento.no se alla archibado el expediente (supongo que deve ser falta de cordinacion entre los conpañeros de urbanismo cosa que no me estraña porque andan todos a la greña
respuesta a eulogio ...este comentario esta caducado (deberian retirarlo) la resolucion de la alcaldia esta cunplida prueba de ello son las fotos del cunplimiento que hizo el arquitecto municipal el tal faustino..otra cosa es que el ayuntamiento no lo archibara despues
no se quien sera ese tal eulogio pero podia informarse de obras que se estan haciendo a dia de hoy en camino de gandarela y no ve nadie en vez de resoluciones del año catapun que ya se an legalizado
¿No sabe quien es Eulogio?... No es relevante, pero ya sabe más que yo de usted, puesto que se presenta como anónimo. Es su problema.
En cuanto a decir, que la Resolución de la Alcaldía -se supone de Bayona-, está cumplida... ¡pues va a ser que no!, puesto que, como práctica habitual de esa Alcaldía, dejan de notificar a las partes interesadas -y el denunciante lo es a todos los efectos-, de las Resoluciones... lo cual conlleva la mayoría de las veces su anulabilidad o nulidad según el caso.
Pero es curioso, que me hable de que la Alcaldía lo tiene ya resuelto, cuando con el muro y el garaje se invadieron terrenos clasificados como suelo rústico de protección ordinaria, y en éstos quien tiene las competencias es la Consellería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio (CMATI), no la Alcaldía. ¿Le ha quedado claro?. Por tanto de caducado nada de nada.
el entrar como anonimo no es por ocultalme no soy muy experta en internet y no podia o sabia entrar de otra forma.soy maricarmen cortes crespo.y le aseguro que emos echo lo que el ayuntamiento nos requirio.en su dia.distinto es lo de las multas que menciona usted ..nos mandaron la notificacion a baiona cuando nosotros no estamos aqui nada mas que a temporadas ..tambien le aseguro que faustino hizo las fotos de lo que reclamaba el ayuntamiento .y nos dijo que estaba.todo bien.....mas no se
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